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Registros Públicos

REGISTROS PÚBLICOS

Los registros públicos que administran las Cámaras de Comercio en Colombia contribuyen con la competitividad y la formalización de las empresas, impulsan el desarrollo de las regiones y del país.  En la Cámara de Comercio de Tuluá queremos facilitarle el cumplimiento de sus obligaciones para que su empresa esté siempre al día, sea visible para clientes y proveedores, generar confianza en los entornos de negocio y acceda a múltiples beneficios.

Conozca los registros que se llevan en la Cámara de Comercio de Tuluá.

REGISTRO MERCANTIL

Garantiza la legalización de los actos y documentos del comerciante y en general del ejercicio mercantil.

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REGISTRO DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

Se caracterizan por propósitos altruistas o de cooperación en favor de sus asociados, terceros o de la comunidad en general.

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REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

Se deben inscribir las personas naturales o jurídicas que aspiran a celebrar contratos con entidades estatales.



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REGISTRO NACIONAL DE TURISMO

Deben inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia. Es obligatorio para su funcionamiento y debe actualizarse anualmente.


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REGISTRO ÚNICO DE ENTIDADES OPERADORAS DE LIBRANZA

Tiene como objeto dar publicidad a las entidades operadoras de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos para la inscripción establecidos en la Ley, a las cuales se les asigna el código único de reconocimiento.

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Servicio Revisión Previa de Documentos*

La Cámara de Comercio de Tuluá, cuenta con este servicio adicional el cual tiene como finalidad reducir la devolución de documentos por incumplimiento de los requisitos mínimos. Es de resaltar que dicho servicio es Opcional y en nada obliga al comerciante a que pueda registrar inmediatamente su documento. 

Términos y Condiciones     

 Tiempo de respuesta:  Cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha y hora de radicada la solicitud; sólo en casos especiales y/o temporadas de renovación el tiempo máximo será de hasta 15 días hábiles.

 La revisión no implica la inscripción de los documentos.

 Después de enviar el documento para revisión, la CCT podrá generar alguna de las siguientes observaciones: documento aprobado para inscripción ó formato de devolución provisional. 

 Si el documento es aprobado para inscripción, y cumple con todos los requisitos legales y estatutarios, uno de nuestros asesores se estará comunicando al número telefónico reportado en la solicitud o al numero registrado para notificación judicial,  o correo electrónico desde el cual se radicó la solicitud, a efectos de indicarle el valor a pagar y las formas de efectuar dicho pago.

 No se garantiza la inscripción del documento si:

  • No se atienden las observaciones indicadas en el formato de devolución provisional.
  • Se modifica el documento aprobado por el funcionario de la CCT. 

 El documento debe enviarse únicamente canales habilitados por la Cámara de Comercio de Tuluá para este servicio, los cuales son: correo electrónico [email protected] , por solicitud de revisión en la plataforma SII o de manera presencial en nuestras oficinas, los que se envíen por otro medio no se recibirán.

 En el servicio de revisión previa de documentos no se tramitan peticiones, consultas, solicitudes de información, entre otros… Sólo documentos cuyo contenido sea objeto de registro. 

 Al diligenciar el documento de localización de usuario y/o envío de documento para revisión previa al correo electrónico, usted como usuario acepta los términos y condiciones de uso, así como los términos de tratamiento de datos personales.

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