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Jornada Gratuita de Conciliatón Nacional

Hasta el 2 de septiembre hay plazo para inscribir su caso y participar de la gran jornada de Conciliatón Nacional que se realizará los días 13, 14 y 15 de septiembre, de forma gratuita para todos aquellos que presenten sus solicitudes y de esta manera se puedan dirimir sus conflictos pacíficamente, a través del centro de conciliación de la Cámara de Comercio de Tuluá, con el objetivo de Permitir que la población que se encuentra en condición de vulnerabilidad, de estratos 1, 2 y 3, y rural preferentemente, sin desconocer solicitudes de carácter especial por la pandemia Covid 19, puedan acceder en forma gratuita a justicia pertinente, integral y diferenciada mediante los servicios de conciliación extrajudicial en derecho a través de los operadores de la conciliación y entidades del orden nacional, regional y local participes en el evento.

La jornada de conciliatón es una estrategia liderada por el Ministerio de Justicia y de Derecho que busca promover el diálogo y la autogestión de los conflictos por parte de los ciudadanos, mediante el uso de los métodos de resolución de conflictos, como una alternativa eficiente y eficaz, que contribuye a la convivencia pacífica de las comunidades y a la reconstrucción del tejido social en un escenario de transición hacia la paz.

La Conciliatón sirve para: 

  • Promover el diálogo y la autogestión de los conflictos. 
  • Es un apoyo a la ciudadanía en medio de la crisis en tiempos de pandemia para que en forma ágil y gratuita puedan resolver los conflictos, problemas y disputas. 
  • Posicionar a la conciliación como un método de resolución de conflictos efectivo y reconocido por la ciudadanía como una forma de acceso a la justicia de manera legítima y confiable.
  • Apoyar a los gobiernos locales para la promoción de la justicia. 
  • Integrar los operadores de conciliación y otros operadores locales para facilitar la consolidación de sistemas locales de justicia.

¿Qué asuntos son conciliables?

  • Fijación cuota alimentaria. 
  • Responsabilidad extra-contractual en accidentes de tránsito sin lesiones personales. 
  • Préstamos o deudas no canceladas por concepto de ventas y pago de facturas. Obligaciones en General. 
  • Propiedad horizontal particularmente cuota de administración. 
  • Restitución de inmueble arrendado. 
  • Liquidación de la sociedad conyugal. Disolución y liquidación de la sociedad patrimonial de hecho. 
  • Conflictos de convivencia. 
  • Custodia de hijos y regulación de visitas. 
  • Asuntos laborales que puedan ser conciliables. 
  • Lesiones personales culposas. 
  • Accidentes de tránsito sin lesiones personales. 
  • Daño en bien ajeno.
  • Injuria y calumnia cuando no trascienda. 
  • Abuso de confianza. 
  • Injuria y calumnia, indirecta.

También se pueden conciliar: uso de espacios comunes, conflictos de convivencia por ruido, mascotas o humedades, uso de los espacios comunitarios, conflictos en la comunidad por chismes, daños, pandillas, seguridad o ventas ambulantes. problemas con maestros de construcción, pintores, carpinteros o plomeros.

Consulta en el botón el ABCÉ de la Conciliatón Nacional

Diligencia el formulario de solicitud de conciliación antes del 2 de septiembre a


Fecha: 16 de Septiembre de 2022
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