Ley 2068 de 2020 busca apoyar la reactivación de los Operadores Turísticos

La Ley 2068 del 31 de diciembre de 2020, tiene como objetivos fundamentales fortalecer la sostenibilidad, formalización y competitividad del sector y promover la reactivación del turismo, para consolidar el país como un destino altamente reconocido, sostenible, responsable y de alta calidad. “Esta nueva ley, iniciativa de Mincomercio, nos va a permitir poner al turismo en la nueva senda de la reactivación económica después de un año supremamente difícil y lo más interesante de esta nueva Ley de Turismo, Ley 2068 de 2020, es que es una combinación de medidas de corto, mediano y largo plazo. Por lo tanto, no solo estamos poniendo los elementos para la reactivación inmediata del sector sino también estamos pensando nuestro sector turístico en el largo plazo”, indicó el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo.

Entre las medidas tributarias transitorias de la Ley y que serán de gran ayuda se encuentra la reducción del IVA en los tiquetes aéreos que pasará del 19% al 5% hasta el 31 de diciembre de 2022; suspensión transitoria del pago de la sobretasa a la energía para los prestadores de servicios turísticos de los subsectores hotelero, alojamiento, eventos y parques; la reducción transitoria del impuesto al consumo al 0% y la exención del IVA para servicios de hotelería y turismo hasta el 31 de diciembre de 2021.
También se elimina el pago de la sanción para la reactivación del Registro Nacional de Turismo (RNT) hasta marzo de 2021.
Los prestadores de servicios turísticos que se encuentren en estado suspendido en el Registro Nacional de Turismo por no haber efectuado el proceso de renovación dentro de las fechas establecidas para el periodo 2020, podrán realizar el proceso de reactivación de su inscripción, sin el pago de un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
El trámite de renovación y reactivación debe efectuarse hasta el treinta (30) de marzo de 2021. Facebook Twitter Email Compartir