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Arbitraje



 Es un mecanismo mediante el cual las partes involucradas en un conflicto delegan la solución de este en un número impar de abogados denominados árbitros, quienes tienen la facultad de administrar justicia y profieren una sentencia que se denomina laudo arbitral.

BENEFICIOS 

Especialización e idoneidad:  los árbitros nombrados por el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Tuluá  son expertos en los asuntos objeto de discusión y su trayectoria moral y profesional es intachable. 

Agilidad y oportunidad:  la simplificación de los requisitos propios de los procesos ordinarios hace del arbitraje una herramienta ágil y oportuna.

Plenos efectos legales:  el laudo arbitral se asemeja a una sentencia  y por tanto, la decisión tomada por los árbitros es de obligatorio e inmediato cumplimiento.

Privacidad y confidencialidad:  solo permitimos el acceso al trámite y sus documentos a las personas que estén debidamente acreditadas o demuestren tener un interés legítimo en el mismo. 

Imparcialidad:  los árbitros son profesionales independientes que gozan de gran prestigio en la comunidad jurídica.

PASO A PASO 

  1

Presentación de la demanda.

  2  

Designación de árbitros. 

Plazo: 5 días

  3

Aceptación del nombramiento por parte de los árbitros, deber de información.

Plazo: 5 días 

  4

Pronunciamiento de las partes sobre el deber de información.

Plazo: 5 días 

  5

Audiencia de instalación, se resuelve sobre admisión, inadmisión o rechazo de la demanda

  6

Previa notificación  → Traslado y contestación de la demanda.

  7

Traslado de las excepciones de mérito.

Plazo: 5 días

  8

Audiencia de Conciliación  

☛ Si se concilia finaliza el proceso 

☛ Si no se concilia, se fijan honorarios y gastos del tribunal.

  9

Oportunidad para la consignación de honorarios y gastos ⇢  Pueden presentarse 3 casos: 

☛ No pagan: se extinguen los efectos de la clausula compromisoria para ese caso. Finaliza el proceso. 

 una parte paga y la otra no paga: La que pagó tiene 5 días más para pagar la parte que le correspondía a la otra parte. 

☛  Ambos pagan: Continúa el tribunal.

  10

Primera audiencia de trámite → A partir de su finalización comienzan a correr los términos del proceso.

 

  11

Práctica de pruebas.

  12

Alegatos de conclusión.

 13

Audiencia del laudo → Pueden presentare 2 casos: 

 ☛ 5 días para solicitar la aclaración, corrección o adición al laudo (audiencia) 

☛ Se interpone recurso de anulación.

 14

Trámite del recurso de anulación. 

Plazo: 30 días para interponerlo.

  15

Traslado del recurso a la otra parte.

Plazo: 15 días.

  16

Por secretaría del tribunal se remite el recurso ante la autoridad competente para resolver.

Plazo: 5 días.

  * Las tarifas del proceso Arbitral están contempladas en el Decreto 1885 del 30 de diciembre de 2021 .

PREGUNTAS FRECUENTES

 ¿Cómo se pacta el arbitraje? 

Para acudir al arbitraje es necesario que exista un acuerdo entre las partes, denominado pacto arbitral, en el cual manifiesten su intención de acudir a la justicia arbitral, en reemplazo de la justicia ordinaria.

 ¿Cuál es la duración de un trámite arbitral? 

El trámite arbitral puede tener una duración de máximo 12 meses.

 ¿Dónde presento la demanda arbitral?

En el Centro de Arbitraje acordado por las partes, es decir aquel que se indicó en el pacto arbitral (cláusula compromisoria o compromiso). En defecto de este acuerdo, debe presentarse en un Centro de Arbitraje ubicado en el domicilio de la demandada, y si este fuere plural, en el de cualquiera de sus integrantes.

 ¿Quiénes son árbitros y quién los nombra?

Los árbitros que conforman la lista que tiene el Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición de la Cámara de Comercio de Tuluá, son profesionales del derecho de reconocida trayectoria en el ramo o especialidad en el que se desempeñan. Para el nombramiento de los árbitros debe tenerse presente lo dispuesto en el pacto arbitral. En este orden de ideas, según lo establecido por las partes o, en su defecto, por la ley, los árbitros pueden ser designados por las partes, un tercero, el centro de arbitraje o el juez civil del circuito.

 ¿Quién paga los costos del tribunal arbitral?

Una vez fijados los costos del tribunal las partes cuentan con un término de diez (10) días hábiles para pagar por mitades el valor indicado en la audiencia de fijación de gastos y honorarios. Si una de las partes paga pero la otra no, a la que pagó se le concede un plazo adicional de cinco (5) días hábiles, para que pueda pagar lo que no pagó la otra parte y continúe el trámite arbitral, recuperando esta suma por la vía ejecutiva, o en el mismo proceso, en cuyo caso el tribunal regulará el tema en el laudo.

 ¿Qué pasa si no se pagan los costos del tribunal?

Si vencido el término de los diez (10) días hábiles ninguna de las partes paga, o vencido el término adicional de cinco (5) días hábiles, el tribunal arbitral expedirá un auto por medio del cual declara extinguidos los efectos de la cláusula compromisoria y deja en libertad a las partes de acudir a la justicia ordinaria para que resuelva el asunto.

 ¿Qué efectos tiene el laudo arbitral?

Una vez agotado el procedimiento arbitral, los árbitros emiten su decisión, que equivale a una sentencia judicial y se denomina laudo arbitral. El laudo arbitral tiene los mismos efectos de una sentencia, es decir presta mérito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada.

 ¿Qué recursos pueden interponerse contra el laudo arbitral?

Contra el laudo arbitral cabe el recurso de anulación, el cual procede por las causales consagradas en la Ley (Art. 41 Ley 1563 de 2012). Este recurso es resuelto por el Tribunal Superior de Distrito Judicial del lugar en el que funcionó el Tribunal, salvo en los trámites en que haya intervenido una entidad pública o quien desempeñe funciones administrativas, casos en los cuales es competente la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Así mismo procede el recurso extraordinario de revisión, el cual es resuelto por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

Arbitros 

¿Cómo ser Árbitro?

Para iniciar el proceso de inscripción los abogados interesados en pertenecer a la lista de árbitros, deberán tener el cuenta lo siguiente:

REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SER ARBITRO

La solicitud y los documentos anexos deben enviarse al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ubicado en la calle 26 Nro. 24-57,  ó al correo electrónico  [email protected]

LISTADO DE ARBITROS 

Conozca los árbitros anexos a nuestro Centro de Conciliación y Arbitraje.

LISTADO DE ÁRBITROS

sECRETARIOS 

¿Cómo ser Secretario?

Para iniciar el proceso de inscripción los abogados interesados en pertenecer a la lista de secretarios, deberán tener el cuenta lo siguiente:

REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA SER SECRETARIO

La solicitud y los documentos anexos deben enviarse al Centro de Conciliación, Arbitraje y Amigable Composición ubicado en la calle 26 Nro. 24-57,  ó al correo electrónico  [email protected]

LISTADO DE SECRETARIOS

Conozca los árbitros anexos a nuestro Centro de Conciliación y Arbitraje.

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